Convocante

IGAPE

Publicación

Estas ayudas a nuevos emprendedores están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dentro del programa Feder Galicia 2014-2020.

Con el objetivo de mejorar la competitividad de autónomos y pymes y fomentar la creación de empleo sostenible en la comunidad gallega, el Igape pone en marcha una serie de ayudas al emprendimiento.

Se trata de subvencionar una parte de la inversión que requiere la puesta en marcha de una pequeña o mediana empresa o la inversión resultante de una ampliación de empresas ya creadas (siempre y cuando la empresa mantenga la condición de pyme).

Los proyectos subvencionables tienen que cumplir varios requisitos: NO haber sido puestos en marcha en el momento de la solicitud,  con un coste entre 25.000€ y 500.000€ (IVA no incluido) y que los gastos estén localizados en el centro de trabajo de la empresa en Galicia.

Las ayudas oscilan entre el 25% de la inversión subvencionable y hasta el 35% en el caso de que el beneficiario sea una pequeña empresa.

Entre las obligaciones de los beneficiarios, está el deber de ejecutar el proyecto en el plazo establecido  (plazo límite 15 de octubre de 2019) y mantener las inversiones un mínimo de tres años, así como crear y mantener el empleo comprometido durante, al menos, dos años desde la finalización del plazo de ejecución del proyecto.

Se trata de ayudas otorgadas en régimen de concurrencia competitiva, y deberán solicitarse antes del 30 de noviembre por vía telemática. Además de la solicitud, los interesados deberán cubrir previamente un formulario descriptivo de las circunstancias del solicitante y del proyecto en la siguiente web.

 

 

Beneficiarios

Los beneficiarios de estas ayudas son tanto autónomos como pymes cuya fecha de alta censal no sea superior a 42 meses en el momento de la solicitud.

Observacións

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses tras el fin del plazo de presentación de las solicitudes y, transcurrido este, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.

Para más información, consulta el siguiente enlace.

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