Convocante

Axencia Galega de Desenvolvemento Rural

Publicación

El  Programa de Desarrollo Rural de Galicia 2014-2020  contribuye a que las zonas rurales de la UE puedan hacer frente a la amplia gama de retos económicos, medioambientales y sociales que plantea el siglo XXI, por lo que tiene la finalidad de buscar una mayor competitividad de las zonas rurales. Para ello, se convocan unas ayudas que subvencionarán proyectos destinados al ámbito rural (salvo parques empresariales en los términos municipales de A Coruña y Vigo y en los municipios de Ourense, Lugo, Ferrol , Santiago de Compostela y Pontevedra).

Los proyectos subvencionables pueden tener la categoría de productivos si suponen la realización de una actividad económica con ánimo de lucro. Por tanto, serían proyectos productivos, las inversiones en el sector de la producción agraria, el inicio o ampliación de una actividad agrícola, ganadera o forestal, inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios o forestales , las inversiones que supongan diversificación de las explotaciones agrarias hacia actividades no agrarias (elaboración de productos artesanales, servicios educativos, etc.) y las inversiones que supongan creación, modernización o ampliación de empresas que desarrollen actividades no agrarias. También son subvencionables los proyectos no productivos, es decir, aquellos que tengan un interés público o colectivo y no impliquen actividad económica. Estos proyectos tienen que estar localizados en un ámbito rural y no estar iniciados a la fecha de presentación de la solicitud, además de ser viables económica y técnicamente.

Se subvencionarán los gastos relacionados con la construcción, adquisición y mejora de inmuebles, la adquisición de terrenos, maquinaria y equipamiento nuevo, la adquisición y desarrollo de programas informáticos, páginas web y demás inmovilizado intangible, así como los honorarios  de profesionales independientes y gastos notariales y de registro.

El importe de las ayudas será entre un 15% y un 50% de la inversión, teniendo en cuenta el tipo de proyecto.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de marzo, aunque habrá una segunda convocatoria (siempre y cuando haya crédito disponible) que finalizará  el 31 de mayo.

 

Beneficiarios

Los beneficiarios  serán tanto personas físicas como pymes, entidades públicas de carácter local o comarcal (ayuntamientos, mancomunidades, comarcas, etc.) y comunidades de montes vecinales.

Observacións

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y el plazo de resolución es de 9 meses.

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