Convocante

Consellería de Economía, Empleo e Industria

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Este programa está dirigido a mejorar los niveles de desarrollo económico que favorezca la capacidad creativa y emprendedora de la sociedad gallega, como fuente de riqueza y como elemento esencial para el crecimiento, la competitividad y la modernización del tejido productivo gallego.

Para ello, la Xunta de Galicia está implementando la Agenda 20 para el Empleo para impulsar el empleo estable y de calidad y conseguir un nuevo modelo productivo de Galicia basado en el crecimiento y en el conocimiento. Este programa, se centra en tres retos: fomentar el empleo de calidad, reforzar la formación y especialización a lo largo de la vida laboral y mejorar y orientar los servicios públicos en la atención a las personas demandantes y empresas, haciendo especial hincapié en aquellos casos de difícil inserción laboral.

Se trata de dos tipos de ayudas compatibles entre sí: para la contratación y formación por cuenta ajena. El objetivo de ambas es el de facilitar la inserción laboral de jóvenes menores de 30 años desempleados que presentan desventajas y dificultades particulares para permanecer en el mercado de trabajo.

En cuanto a las ayudas de contratación, serán de un importe de 5.000€ por persona desempleada menor de 30 años, siempre y cuando el contrato laboral sea de una duración mínima de 12 meses y que con dicha contratación se incremente la plantilla neta de la empresa.

El importe se incrementará un 25% en cada uno de los siguientes casos: si la persona incorporada sea una mujer, si se trata de un emigrante retornado o si el centro de trabajo está situado en una zona rural. Estos incrementos son acumulables y, de esta manera, la cuantía máxima posible, de aplicarse todos los incrementos, sería de 8.750€.

Respecto al segundo tipo de ayudas, el programa de bonos de formación,  se incentivará con una ayuda de 2.000 euros por cada persona joven contratada que la reciba, siempre y cuando la acción formativa sea impartida en el centro de trabajo antes del 15 de diciembre de 2018 y la duración sea de, al menos, 50 horas.

Beneficiarios

Podrán ser entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena en centros de trabajo radicados en Galicia.

Esos trabajadores contratados deberán ser menores de 30 años, encontrarse en situación de desempleo en el momento de la contratación y que dicha contratación, en caso de ser a tiempo parcial, supere el 50% de la jornada

Observacións

 

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva. El plazo para la presentación de solicitudes es de dos meses desde que se formaliza la contratación, y finaliza el 30 de septiembre de 2018 para aquellos contratos firmados a partir del 31 de julio.

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